¿Pensando en el divorcio o separación?


Especialista en abogacía de familia con más de 15 años de experiencia.


Abogada de familia

Cristina López Aguilar

Licenciada en Derecho por la Universidad de Córdoba y formada en varios de los más prestigiosos bufetes de Córdoba, lleva ejerciendo la abogacía más de 15 años en varias disciplinas como es el Derecho de Familia. Miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia nº 2063.

Cristina Lopez Aguilar

Herencias

Sucesiones, donaciones, usufructos, desheredación, reconocimiento de herederos.

Indemnizaciones

Accidentes de tráfico, negligencias médicas, contra el honor.

Guarda y custodia compartida en el procedimiento de medidas provisionales. Marzo 2016.

Juzgado 1ª Instancia / Auto / 22 Septiembre 2017

El Juzgado de Primera Instancia de Córdoba, de dicta Auto, acordando la custodia compartida de los hijos menores, acogiendo la petición del cliente de Cristina Lopez, al entender que ambos progenitores han ejercido el cuidado cotidiano de los hijos desde su nacimiento, denegando la atribución de la custodia exclusiva a favor de la madre, y sin perjuicio de la elaboración de un informe del equipo psicosocial en el procedimiento de divorcio. De esta forma, el Juzgado acuerda la atribución del régimen de custodia compartida en sede de medidas provisionales, evitando que el tiempo o retraso en la elaboración del informe por el equipo psicosocial convierta al padre en un mero visitador de sus hijos, y continúe ejerciendo el cuidado de los menores hasta el dictado de la sentencia de divorcio.

Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 14 de marzo de 2017.

Tribunal Supremo / Sentencia / 14 Septiembre 2017

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por el despacho de Cristina Lopez, por el que se revoca la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, que acordaba la atribución del uso y disfrute del domicilio familiar a favor de la madre y los hijos, y hasta la independencia económica de éstos, habiéndose establecido la custodia compartida. El Tribunal Supremo revoca la anterior, y establece la limitación de dicho uso hasta la liquidación de la sociedad de gananciales o la venta del inmueble, al encontrarnos ante una custodia compartida, y no existir por tanto, una adscripción expresa del domicilio familiar, señalando además, que alcanzada la mayoría de edad de los hijos, cesa igualmente el derecho de uso

Declaración como heredera testamentaria de una hija no matrimonial

Audiencia Provincial de Córdoba / Sentencia / 14 Julio 2017

La AP Córdoba revoca la sentencia de instancia y estima parcialmente la demanda presentada por la abogada Cristina Lopez Aguilar declarando que la demandante fue nombrada heredera testamentaria por partes iguales junto a sus hermanos.

El legislador contempla la designación nominal o expresa del heredero y una designación por referencias. En el caso de autos, el testador utilizó una fórmula que contempla la designación nominal directa en favor de sus tres hijos matrimoniales y "a todos los demás que pueda tener". Resulta perfectamente razonable entender que la utilización de esa perífrasis verbal venga referida no a hijos venideros o cuyo conocimiento se produce con posterioridad, sino a los hijos existentes que no desea exteriorizar en ese momento, como ocurre con la demandante, cuyo reconocimiento por el testador se produjo después del otorgamiento del testamento. La solicitada entrega de documentación y rendición de cuentas, con el fin de conocer el caudal hereditario, debe tramitarse en el procedimiento de división o partición de herencia.

Sentencia publicada en Diario la Ley

Contacto

Para contactar con el despacho llame al teléfono 681 930 254, envíenos un Whatsapp,escribanos a lopezaguilarcristina@gmail.com/cristinalopezaguilar@icacordoba.es o rellene el formulario y nos pondremos en contacto lo antes posible.

*Obligatorio el captcha